3 de junio de 2011

Golpe a los derechos fundamentales

Por Eduardo Sarmiento
Tomado de ElEspectador.com

El avance social más importante del medio siglo estuvo representado en la adopción del Estado Social de Derecho y su desarrollo en la forma de derechos fundamentales de educación, salud, trabajo y vivienda digna.

Adicionalmente, en el mismo texto se establecieron mecanismos para hacerlos efectivos, como las tutelas y las acciones populares, y la prioridad de la política fiscal al gasto social, que significaba elevar las transferencias regionales para la salud y la educación hasta atender adecuadamente las necesidades.

Infortunadamente, luego de la expedición de la reforma no se avanzó en un marco institucional que asegurara su realización y, sobre todo, que cumpliera con su objetivo de conducir los derechos a los sectores menos favorecidos. Por el contrario, los esfuerzos se orientaron a interferirla y desmontarla, como la Ley 100, la Ley del Banco de la República, el acto legislativo que limitó las transferencias regionales y ahora la privatización de la educación superior.

La estocada final provendría de la regla fiscal, aprobada en ocho debates. El acto legislativo eleva la sostenibilidad fiscal, que no es otra cosa que la austeridad y la conformación de superávit primarios, al nivel de derecho fundamental.

El proyecto oficial deforma el espíritu de la Constitución e introduce confusión y arbitrariedad. En el texto de 1991 se le concede prioridad al gasto social sobre el control fiscal. Le corresponde al Gobierno crear las condiciones complementarias para que las determinaciones de los derechos fundamentales no alteraran la normalidad fiscal. Ahora, la prioridad pasa a ser la sostenibilidad fiscal, o los dos. En el fondo, se concede un poder de veto al Gobierno sobre los fallos judiciales. Así, la violación abierta en los derechos fundamentales, como el acceso de la población a la educación superior y la universalidad de la salud, se postergarían hasta que aparezcan los recursos que permitan financiarlas sin causar alteraciones fiscales. Por lo demás, le abriría camino a todo tipo de demandas para desconocer los derechos con criterios fiscales que están más allá del conocimiento de los jueces.

No menos grave son las repercusiones macroeconómicas. La tendencia a limitar la política fiscal por normas constitucionales se origina en la creencia de que las políticas monetarias son suficientes para prevenir y superar las recesiones. El error teórico quedó al descubierto en la crisis de 2008. La economía mundial salió a flote gracias a que el promedio de déficit fiscal superó el 5% del PIB y los bancos centrales, a regañadientes, accedieron a financiarlos con la emisión. En el caso de Colombia, si el déficit fiscal no fuera en la actualidad de 3,5% del PIB, la economía no habría salido de las recesiones de 1999 y 2008.

La norma es un culto a las concepciones monetarias de la Universidad de Chicago que predominaron en los últimos veinte años y están desacreditadas. En mi último libro, Transformación productiva y equidad, muestro que la ineficacia de la política monetaria no sólo fue la culpable de la crisis, sino, lo más grave, de que Estados Unidos y los países medianos de Europa no hayan salido de la recesión después de tres años. El único camino que permite la conciliación de la actividad productiva y la estabilidad cambiaria es el manejo de la política fiscal complementado con la monetaria para propiciar la expansión y la intervención cambiaria para regular la balanza de pagos.

En fin, la regla fiscal le inyectaría a la carta constitucional una teoría falsa que acentuaría y prolongaría las recesiones, mantendría el desempleo y la informalidad, y ampliaría las desigualdades.

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