27 de abril de 2010

Capsulas Informativas para el Magisterio

NUEVAS TABLAS SALARIALES


  • Decreto 1367: Por el cual se modifica la remuneración de los servidores públicos docentes y directivos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica y media que se rigen por el Decreto Ley 1278 de 2002.

    Ver/descargar decreto 1367
  • Decreto 1368: Por el cual se modifica la remuneración de los servidores públicos docentes y directivos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica y media que se rigen por el Decreto Ley 2277 de 1979.

    Ver/descargar decreto 1368
  • Decreto 1369: Por el cual se establece la remuneración de los servidores públicos etnoeducadores docentes y directivos docentes que atiendan población indígena en territorios indígenas, en los niveles de preescolar, básica y media.

    Ver/descargar decreto 1369


FORMATO DE RECLAMACIÓN DE INTERESES A LAS CESANTÍAS.
Por ser de interés para todos los docentes que reciben intereses a las cesantías se reproduce el formato para efectuar las diferentes reclamaciones que elaboró la comisión jurídica de Adida.
Ver/descargar formato

IMPORTANCIA DE LOS TERMINOS.

Se habla de términos a los tiempos que otorga la ley para que dentro de ese plazo de ejerzan derechos de reclamación, controversia, defensa dentro de procesos administrativos y /o jurídicos.

Se aboca este tema de manera breve en especial para el magisterio pues con frecuencia olvidamos que estos plazos o términos son perentorios, esto es inmodificables e inaplazables y se pierde la oportunidad de ejercer los recursos o procedimientos y con frecuencia el derecho que nos asiste. Los términos más comunes son:

Frente a un acto administrativo de carácter individual se puede interponer recurso de reposición y apelación o solo reposición, dentro de los cinco días siguientes a la notificación. La demanda subsiguiente de ser negativo el recurso se debe interponer dentro de los siguientes 4 meses.

Frente a una tutela que se deniega en primera instancia se debe interponer la impugnación dentro de los 3 días siguientes a la notificación.

Solamente recordamos estos términos por ser los más usuales dentro del quehacer del magisterio.

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